miércoles, 12 de septiembre de 2012

2/3 Subida sueldo de los concejales del Partido Popular. Rueda de prensa de Piedad Alvarez del 11/9


Subida del sueldo de los concejales liberados
Hemos presentado  en el Ayuntamiento en tiempo y forma una moción para su debate en el Pleno de Septiembre y esclarecer los hechos.
En el Pleno del 22.-6-2011 se  fijaron las retribuciones del personal de confianza y de los concejales que tienen dedicación ene le Ayuntamiento.
Reproducimos el acuerdo “Las retribuciones de los concejales con dedicación parcial se equipararán a las establecidas en la relación de puestos de trabajo (RPT) para el Secretario General de Ayuntamiento “. 
En este acuerdo no figura que  esa RPT estará en vigor siempre, sino en la RPT que esté en vigor en cada momento.
El pasado 31-7 se modifica la RPT, con el voto en contra del PSOE-R, y se sube el complemento especifico al Secretario en la cantidad de 4.916,93 euros,  por lo que automáticamente se sube el sueldo de los concejales, salvo un acuerdo posterior.  En ese Pleno les advertimos que se estaban subiendo el sueldo, y no  escuchamos que iba a tomarse un acuerdo posterior para que la RPT bases del sueldo sea la del 22-6-2011.
Como manifestó Eva Pérez “ellos están asimilados a cualquier situación de los funcionarios”

Si no se toma un acuerdo plenario, los almendralejenses  tendrán que pagar
Si algunos de los citados concejales, dentro de un año, ó tres porque no va en las listas, ó porque se cabree  con el Partido  y decida ir a los tribunales a reclamar sus derechos y pida los atrasos, más los intereses, se los tendremos que pagar todos los almendralejenses porque el acuerdo del pleno está clarísimo.

Sobre la paga extraordinaria, la ley no está clara….
Muchos Ayuntamientos, Diputaciones, y Parlamentos han tomado el acuerdo para que a los representantes políticos se les quite la paga extraordinaria.
Nuestra moción propone:
A las retribuciones del Alcalde, concejales liberados y personal de confianza, aprobadas en el acuerdo Plenario de 22 de junio de 2011, les será de aplicación plena el art. 2 del Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, y no sufrirán incremento alguno por la subida posterior a dicho acuerdo plenario de las retribuciones del personal funcionario que les sirve de referencia.
Si no quieren subirse el sueldo que lo demuestren y aprueben la moción.

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